Derecho canónico.
1172 § 1. Sin licencia peculiar y expresa del Ordinario del lugar, nadie puede realizar legítimamente exorcismos sobre los posesos.
§ 2. El Ordinario del lugar concederá esta licencia solamente a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida.
Estola; vestimenta litúrgica
en forma de larga y estrecha banda que deben llevar los ministros
ordenados y solo ellos. Obispos y sacerdotes la llevan sobre el alba,
colgando del cuello hacia el frente y sostenida por el cíngulo. Los
diáconos la visten sobre el hombro izquierdo y la fijan a la derecha de
la cintura. Generalmente es del mismo color que la casulla.
Simbolismo: la autoridad sacerdotal.
Oración del sacerdote: "Devuélveme,
Señor, la insignia de la inmortalidad que perdí en la prevaricación de
los primeros padres, y aunque indigno me acerco a vuestro Santo
Misterio, haced que merezca, no obstante, el gozo eterno".
Redde
mihi, Dómine, stolam inmortalitátis, quam pérdidi in praevaricatióne
primi paréntis: et, quamvis indígnus accédo ad tuum sacrum mystérium,
mérear tamen gáudium sempitérnum.
2 comentarios:
Esta imagen... para mí, está llena de significado.
El ambiente que rodea... algo tenebroso... pero un solo hombre lleno de fe y confianza en Dios, con el apoyo de sus sacramentales en el maletín... su bíblia, su crucifijo, su estola amorosamente enrollada, y su fe auténtica a raudales, ya es presagio de lo de siempre; triunfo de Dios sobre la bestia, sobre aquel que dejó perder los adornos benditos de Dios... para transformarse en inmundícia.
Exorcista a domicilio... esto es lo que me dice esta imagen... que bien si abundasen los exorcistas, (oficialmente nombrados) y esa carga no se delimitase solo a unos pocos, que suelen estar sobrecargados de trabajo...
Qué bien descrito!
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